Cuando un trabajador decide dejar su empleo de forma voluntaria, igualmente debe recibir un finiquito. Este documento deja constancia del término de la relación laboral y de los pagos pendientes entre el trabajador y el empleador.
Muchas personas creen que si renuncian no reciben ningún pago, pero eso no es correcto. Aunque en general no corresponde indemnización por años de servicio, sí pueden existir otros montos que deben pagarse.
Cuando un trabajador renuncia, el empleador debe pagar los montos pendientes hasta la fecha de término del contrato.
Los pagos más comunes en el finiquito son:
No todos los casos incluyen los mismos conceptos, pero esos son los pagos que normalmente deben revisarse al terminar la relación laboral por renuncia.
En general, cuando un trabajador presenta una renuncia voluntaria, no corresponde indemnización por años de servicio.
Esto ocurre porque la decisión de terminar el contrato fue tomada por el propio trabajador y no por el empleador.
Sin embargo, pueden existir excepciones si el contrato individual, un instrumento colectivo o un acuerdo entre las partes establece beneficios adicionales.
La renuncia voluntaria está regulada en el artículo 159 N° 2 del Código del Trabajo.
La regla general es que el trabajador debe dar aviso al empleador con 30 días de anticipación, a lo menos.
Además, la renuncia puede ratificarse ante la Inspección del Trabajo o mediante la plataforma digital de la Dirección del Trabajo.
Para calcular el finiquito cuando se presenta una renuncia, se deben considerar principalmente los días trabajados del último mes y las vacaciones proporcionales acumuladas.
Por ejemplo:
El cálculo incluiría el pago de los días trabajados más el valor correspondiente a las vacaciones acumuladas.
El monto final dependerá del sueldo, del tiempo trabajado y de si existen otros haberes pendientes.
En Chile, el empleador debe otorgar el finiquito y poner su pago a disposición del trabajador dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la separación del trabajador.
Si ese plazo no se cumple, el trabajador puede realizar un reclamo ante la Dirección del Trabajo.
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Usar calculadora de finiquito